REGÍSTRATE COMO
Persona jurídica que realiza un análisis financiero, legal, técnico y administrativo de la información material y relevante de las ofertas públicas contenida en el Documento de Información Relevante, y emite y presenta un informe sobre el cumplimiento de las obligaciones formales y sustantivas por parte del emisor ante la Comisión Nacional de Activos Digitales.
Para una correcta preinscripción es necesario tener claro los pasos a seguir sobre la misma, detallados a continuación.
Interested parties must fill out the pre-registration form with information and documents related to:
La CNAD realizará el análisis correspondiente de la información proporcionada en el formulario, pudiendo requerir información complementaria al interesado, en caso de ser necesario.
El interesado deberá remitir la información adicional requerida.
La Comisión realizará una segunda evaluación de la misma y emitirá una «objeción» o «no objeción» debidamente motivada.
Etapa definitiva previa a la evolución de los documentos en el proceso de preinscripción.
Cumplir con los requisitos del Art. 27 del con relación al art. 7 del RPSAD. LEAD
El interesado debe remitir en formato digital y físico en las oficinas de la CNAD, la documentación antes relacionada.
La CNAD tendrá un plazo máximo de 20 días hábiles para evaluarlos y emitir una resolución favorable o desfavorable; o para prevenir a la entidad, en caso, que la solicitud esté incompleta, para que en el plazo de 10 días hábiles complete la información Y documentación faltante.
La CNAD emitirá una constancia de registro y autorización para operar como Proveedor de Servicios de Activos .
El PSAD y/o Certificador gozará de los beneficios fiscales que establece el artículo 36 de la Ley de la LEAD a partir de la notificación del número de registro definitivo.
Finalmente, la Comisión notificará a la Unidad de Investigación Financiera el registro del nuevo Proveedor de Servicios de Activos Digitales.