Cómo registrar una

Oferta de Moneda Estable

Para contar con el registro como emisor este deberá tener aprobada como mínimo una emisión ante la CNAD.

1.

Emisor

  • Cumplir con los requisitos del art. 22 de la LEAD con relación al art. 5 del Reglamento.
  • Contar con un PSAD registrado en la CNAD, para la colocación, comercialización de la moneda estable.

Emisión

  • Cumplir con el art. 6 del Reglamento.
  • Documento de Información Relevante (DIR) debe contener la información referente a la oferta de conformidad al art. 22 de la LEAD.
  • Presentar Informe emitido por un Certificador debidamente registrado ante la CNAD, cumpliendo los requisitos establecidos en los arts. 26 al 28 de la LEAD con relación a los arts. 5 y 6 del Reglamento de PSAD

Presentación

EI interesado debe remitir en formato digital y físico en las oficinas de la CNAD, la documentación antes relacionada.

2.
3.

Aprobación o Denegación de la habilitación

La CNAD tendrá un plazo de 5 días hábiles para evaluar y emitir resolución de «No objeción» de la habilitación de la emisión. Si es aprobada, se procederá a asignar un asiento registral para el emisor y la emisión, posterior al pago de la tasa de registro correspondiente. (Art. 6 y 21 del Reglamento)